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La convocatoria otorga ayudas para posibilitar la formación de doctores en los Centros o Unidades de Excelencia acreditados como tales.
La formación se desarrollará bajo un “Contrato predoctoral”, establecido en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, al que podrán optar aquellas personas que se encuentren matriculadas o admitidas en un programa de doctorado.
Aquellos que lean su tesis doctoral antes del tercer año, disfrutarán de un año de contrato, para el periodo de orientación postdoctoral (POP), con una retribución superior.
La duración máxima de las ayudas será de 4 años.
En primer lugar, los candidatos deberán seleccionar el Centro/Unidad de Excelencia “Severo Ochoa” donde desean realizar su tesis doctoral. Para ello, pueden consultar la relación de Centros de excelencia “Severo Ochoa” que figura bajo el epígrafe “Tramitación de la ayuda”, donde podrá encontrar los datos de dichos centros de excelencia, así como el número máximo de contratos disponibles para cada uno de ellos.
Es muy recomendable contactar con el Centro de su elección, para conocer la oferta formativa del mismo.
La cumplimentación y presentación de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Economía y Competitividad
Salvo que ya estuviera inscrito anteriormente, es necesario que, con carácter previo a la presentación de la solicitud, el candidato solicitante se inscriba en el Registro Unificado de Solicitantes del Ministerio de Economía y Competitividad (en el apartado «Registro del Investigador»), donde deberá identificarse y definir su nombre de usuario y palabra clave.
Cada solicitante únicamente podrá presentar una solicitud para un solo Centro de excelencia Severo Ochoa. Puede consultar la relación de Centros de excelencia Severo Ochoa en el listado que figura en el epígrafe “Tramitación de la ayuda”.
El candidato deberá cumplimentar su solicitud, vía telemática, mediante una aplicación a la cual podrá acceder a través del vínculo que figura bajo el epígrafe “Tramitación de la ayuda”.
Antes de finalizar su solicitud, deberá adjuntar, siguiendo los medios telemáticos habilitados al efecto, la siguiente documentación:
Con el objeto de comenzar la evaluación de los candidatos, se publica la relación de aquellos cuya solicitud no contiene la información necesaria para su evaluación.
En el anexo de la resolución se detalla, para cada uno de ellos, la falta o error a subsanar.
Los documentos requeridos deben aportarse a través de la Carpeta Virtual de Expedientes (FACILIT@), ubicada en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, en un plazo de 10 días desde día siguiente de su publicación en la sede. De no hacerlo en dicho plazo se considerará desistida la solicitud.
IMPORTANTE:
El plazo de subsanación finaliza el día 14 de octubre de 2014.
Se publica la relación de aquellos candidatos cuya solicitud requiere la subsanación de alguno de los requisitos no evaluables.
En el anexo de la resolución se detalla, para cada uno de ellos, la falta o error a subsanar.
Los documentos requeridos deben aportarse a través de la Carpeta Virtual de Expedientes (FACILIT@), ubicada en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, en un plazo de 10 días desde el día siguiente de su publicación en la sede. De no hacerlo en dicho plazo se considerará desistida la solicitud.
IMPORTANTE:
El plazo de subsanación finaliza el día 3 de noviembre de 2014.
Una vez realizada la evaluación científico técnica de las solicitudes de los candidatos, y reunida la comisión de evaluación, se publica la propuesta de resolución provisional, en la que se detallan las ayudas propuestas para su concesión a los centros/unidades de excelencia Severo Ochoa, y, para cada una de ellas, los candidatos a contratar, así como la lista de candidatos de reserva.
Las entidades incluidas en la propuesta resolución provisional disponen de un plazo de 10 días para manifestar su aceptación o formular las alegaciones que estimen oportunas.
Las entidades que comuniquen la aceptación de la ayuda deberán presentar, al mismo tiempo:
Se utilizarán los modelos disponibles en esta página web para las dos últimas.
Tanto la aceptación, como la presentación de las mencionadas declaraciones responsables o la formulación de alegaciones deben realizarse a través de la Carpeta Virtual de Expedientes (FACILIT@), ubicada en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación.
Se recomienda a los candidatos aprobados y de reserva que contacten con el Centro de Excelencia.
Primera resolución de concesión (Fecha de publicación: 9 de diciembre de 2014)
En cumplimiento con el artículo 24.4 de la convocatoria, se publica en la sede electrónica la Resolución de concesión de ayudas para contratos predoctorales “Severo Ochoa” para la formación de doctores, en la que se detallan las ayudas concedidas a los centros/unidades de excelencia Severo Ochoa, y, en cada una de ellas, los candidatos a contratar, así como la lista de candidatos de reserva (ver información relacionada).
Modificaciones de la resolución de concesión
Una vez realizadas las sustituciones autorizadas mediante sucesivas modificaciones de la resolución de concesión de 9 de diciembre de 2014, se recopila en un solo documento toda la información sobre los contratos PREDOC que finalmente son objeto de ayuda. Dicho documento se publica en la sede electrónica.
Los Centros/Unidades de excelencia Severo Ochoa disponen de un plazo de 4 meses desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de concesión (hasta el día 9 de abril de 2015) para formalizar los contratos con los candidatos seleccionados.
Las características de los contratos se especifican en la sección “Ejecución de la ayuda”.
En casos excepcionales y debidamente acreditados, los centros beneficiarios podrán solicitar, a más tardar el 8 de abril de 2015, una ampliación del plazo para la formalización de los contratos de hasta 3 meses más. No obstante, tenga en cuenta que dicha ampliación debe ser autorizada para que tenga efecto, por lo que se recomienda no agotar el plazo.
El personal investigador en formación contratado deberá incorporarse al centro de adscripción, y siempre de acuerdo con éste, en un plazo máximo de 2 meses a contar desde el día siguiente al de la formalización del contrato.
Excepcionalmente, en los casos en que sea necesario un plazo de tiempo mayor para la incorporación, y así se solicite, el órgano concedente podrá autorizar una ampliación del plazo de incorporación de hasta 2 meses adicionales.
Los candidatos seleccionados podrán sustituirse por candidatos de reserva en los siguientes casos:
Para la sustitución de los candidatos por los de reserva, los centros de excelencia seguirán el siguiente procedimiento: